Actividad

  • Buenos días Margarita,
    Para saber si la administradora de una sociedad limitada puede contratar a su marido tendríamos que conocer la participación que tiene en el capital social de la empresa junto con la de su conyuge y parientes por consanguinidad, afinidad o adopción hasta el segundo grado; y si va a tener asignadas funciones de administración y gerencia. Si la suma de todos supone la mitad del capital social, su marido estaría encuadrado en el Régimen Especial de Trabajadores Autonomos.
    Si el marido es socio trabajador con una participación en el capital social que supere una tercera parte también estaría encuadrado en el Régimen Especial de Trabajadores Autonomos.
    Si no se dan ninguno de los casos anteriores y no va a tener asignadas funciones de administración y gerencia, entonces la sociedad si podría contratarlo en Régimen General.
    Saludos.

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