Buenas tardes
Estoy mirando de alquilar un local , que segun el catastro nunca fue segregado de la vivienda de los dueños , es decir sigue con uso de vivienda , el ayuntamiento ha dado a lo largo de los años licencias con lo cual por ahi no hay problema .
A la hora de firmar el contrato , le indique a la agencia que no pueden poner que es un local comercial ya que registralmente es vivienda y el contrato ha de reflejar la realidad registral ,le pedi justificante del ultimo ibi ya que los dueños pagan como vivienda el ibi no como local con lo cual mi idea es que pongan que me alquilan un bajo , no local comercial porque en el registro no lo es , y poner una mencion que mientras no cambien el uso que no pueden repercutir iva . Ellos no van a cambiar el uso registral del vivienda a local o a uso comercial . ya que implica un coste elevado . Mi idea es que en el contrato refleje que el uso que le voy a dar , es decir uso comercial pero que segun lo registrado en el catastro sigue siendo una vivienda con lo cual mientras no modifiquen los dueños el uso no podran repercutir IVA y segun la ley de IVA está exento .
¿ Estoy en lo correcto , por favor ?
Gracias
En IVA manda el uso efectivo del inmueble, no la calificación en Catastro o Registro.
Si tú vas a desarrollar ahí una actividad económica (oficina, consulta, negocio), el arrendamiento está sujeto y no exento de IVA al 21 %, aunque el IBI sea de vivienda y el contrato lo llame “bajo” o “vivienda”. La cláusula que pretenda declarar el alquiler exento solo porque el inmueble figura como vivienda no sería oponible a Hacienda si la realidad es que se usa como local de negocio.
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