
Nuevas Ayudas para Autónomos Febrero 2021
El día 27 de enero de 2021 se publicaron en el BOE las Nuevas Ayudas para Autónomos en Febrero de 2021. Estas ayudas consisten en una serie de nuevas prestaciones económicas para los autónomos, que tendrían fecha de efectos desde el 1 de febrero hasta el 31 de mayo de 2.021 inclusive.
En este artículo te explicamos con todo detalle en qué casos puedes solicitar estas nuevas ayudas para autónomos de Febrero de 2021.
Revisa bien estos casos y, si tienes alguna duda puedes dejarla en los comentarios o escribirnos por el chat. Te atenderemos encantados!
Caso A: Nuevas Ayudas para Autónomos que han suspendido su actividad.
Importante: esta prestación la tienes que solicitar antes del 21 de febrero si quieres empezar a recibirla en marzo.
Requisitos que debes cumplir:
✅ Estar dado de alta como Autónomo antes del 1 de enero de 2021.
✅ Que hayas tenido que suspender tu actividad por imposición de cualquier autoridad competente.
✅ Que no tengas ingresos por cuenta ajena o que estos sean inferiores a 1.187,50€ brutos mensuales.
✅ Que no tengas otra actividad por cuenta propia.
✅ Que no tengas ingresos procedentes de una sociedad.
✅ Que no estés cobrando una prestación de la Seguridad Social (salvo aquellas que son compatibles con el trabajo como Autónomo)
Características de la Ayuda que recibirás:
✅ Recibirás el 50% de la base por la que hayas cotizado.
✅ Esta cantida se aumentara en un 20% si eres miembro de una familia numerosa y los únicos ingresos de la misma proceden de la actividad suspendida.
✅ Si en el mismo domicilio convives con otro autónomo o más, unidos por vínculo familiar, con derecho a esta prestación extraordinaria, la cuantía será del 40% sobre la base de cotización.
✅ Podrás mantener el alta en el RETA pero no se pagarás la cuota de cotización a Seguridad Social.
Si has tenido que suspender tu Actividad y quieres que te ayudemos a solicitar la Ayuda:
Pulsa aquí para llamarnos o si lo prefieres pulsa aquí para WhatsApp
Si has tenido que suspender tu Actividad y quieres que te ayudemos a solicitar la Ayuda:
Llámanos al 625 211 065 o si lo prefieres pulsa aquí y escríbenos
Caso B: Nuevas Ayudas para Autónomos que han visto reducidos sus ingresos.
Importante: esta prestación la tienes que solicitar antes del 21 de febrero si quieres empezar a recibirla en marzo y es aplicable a los Autónomos que no han llegado a pagar un año completo de la cuota por cese de actividad.
Requisitos que debes cumplir:
✅ Estar dado de alta como Autónomo antes del 1 de abril de 2020.
✅ Prevés tener un beneficio en el primer semestre de 2021 inferior a 6.650€.
✅ Prevés tener en el primer semestre del 2021 unos ingresos inferiores a los habidos en el primer trimestre de 2020.
✅ Que no tengas ingresos por cuenta ajena o que estos sean inferiores a 1.187,50€ brutos mensuales.
✅ Que no tengas otra actividad por cuenta propia.
✅ Que no tengas ingresos procedentes de una sociedad.
✅ Que no estés cobrando una prestación de la Seguridad Social (salvo aquellas que son compatibles con el trabajo como Autónomo)
Características de la Ayuda que recibirás:
✅ Recibirás el 50% de la base por la que hayas cotizado.
✅ Se mantiene el alta en el RETA pero no se paga cuota de cotización a Seguridad Social.
✅ Si en el mismo domicilio convives con otro autónomo o más, unidos por vínculo familiar, con derecho a esta prestación extraordinaria, la cuantía será del 40% sobre la base de cotización.
✅ Tendrás la obligación de pagar la cuota por cese de actividad (unos 8 euros mensuales) a partir del mes siguiente a la finalización de la prestación.
Si has visto reducidos así tus ingresos y quieres que te ayudemos a solicitar la Ayuda:
Pulsa aquí para llamarnos o si lo prefieres pulsa aquí para WhatsApp
Si has visto reducidos así tus ingresos y quieres que te ayudemos a solicitar la Ayuda:
Llámanos al 625 211 065 o si lo prefieres pulsa aquí y escríbenos
Caso C: Nuevas Ayudas para Autónomos que han visto reducidos sus ingresos y abonaban la cuota por cese de actividad.
Importante: esta prestación la puedes solicitar en cualquier momento y tendría efecto a partir del día siguiente en que hagas la solicitud, así que DATE PRISA!
Requisitos que debes cumplir:
✅ Llevar al menos un año como Autónomo y abonando la cuota adicional por cese de actividad.
✅ Has sufrido en el primer semestre de 2021 una reducción de los ingresos de más del 50% de los habidos en el segundo semestre de 2019.
✅ Tienes durante el primer semestre de 2021 un beneficio inferior a 7.980€.
✅ La suma de los ingresos como autónomo y trabajador son inferiores a 2.090€ brutos mensuales.
✅ Que no tengas ingresos por cuenta ajena o que estos sean inferiores a 1.187,50€ brutos mensuales.
Características de la Ayuda que recibirás:
✅ Recibirás el 50% de la base por la que hayas cotizado., y las contingencias comunes.
✅ Se mantiene el alta en el RETA y sí deberás pagar la cuota de cotización a Seguridad Social.
Si has visto reducidos así tus ingresos y quieres que te ayudemos a solicitar la Ayuda:
Llámanos al 625 211 065 o si lo prefieres pulsa aquí y escríbenos
Si has visto reducidos así tus ingresos y quieres que te ayudemos a solicitar la Ayuda:
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Solicita tu ayuda ¡cuanto antes!
No pierdas ni un segundo y solicita tu ayuda cuanto antes, ya que, si no lo haces, perderás estas nuevas ayudas para Autónomos de febrero de 2021 y no habrá opción para recuperarlas.
Calquier duda, como siempre, estamos aquí para ayudarte!
Gracias por seguirnos!
Buenas. Y las ayudas para autónomos con bajos ingresos?
Me gustaría informacion.
Gracias
Si sus ingresos del primer trimestre del 2021, bajan con respecto al año pasado, o al anterior, en función de sus circunstancias, puede tener derecho a esta prestación.
Buenas tardes. Hay alguna ayuda para autónomos que hayan causado baja por cierre de actividad?
Me di de baja en el mes de noviembre. Un saludo.
Para acceder a esta prestación es necesario estar dado de alta.
Cree una sociedad el 3 de marzo del 2020 ( somos dos autónomas ) fecha de alta abril 2020
Entonces en el primer trimestre del año pasado no tenemos ingresos porque no estábamos abiertas ( nos toca la ayuda igual ) ?
Esta prestación no es valida, sin autónomas societarias.
Yo soy autonomo y estoy de baja por enfermedad comun desde hace 2 semanas y no tengo ningún tipo de ayuda yo puedo solicitar algún tipo de ayuda
Si esta de baja, estará cobrando la prestación por la baja, por lo tanto, no puede solicitar esta prestación como indica la Ley.
y a donde llamo o acudo
Nos puede llamar, al 957486991 y le informamos
hola no estoy trabajando desde octubre y no estoy facturando nada debo a la seguridad social y hacienda por no estar al corriente de pago no puedo entrar a trabajar en ningún sitio
Para acceder a esta prestación, es necesario, estar al corriente con hacienda y la seguridad social.
Obtener información
Para consultas gratuitas puede usar nuestro foro.
http://asesorescloud.es/foro/
gracias
Soy autonomo ,oficio hostelera no llevo un año ,me puedes informar que ayuda puedo pedir?Gracias
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gracias