Darte de Alta en Autónomos en la Seguridad Social paso a paso
Tras realizar el Alta en el IAE y en Hacienda, tenemos 30 días para darnos de Alta en Autónomos en la Seguridad Social. Como trabajador autónomo, es decir, si realizas de forma habitual una actividad económica a título lucrativo, sin vínculo a contrato de trabajo, seas o no titular de empresa individual o familiar, es obligatorio el alta en el Régimen Especial de Autónomos de la Seguridad Social. Es lo que se denomina RETA. Lo primero que debes hacer es solicitar en la Tesorería General de la Seguridad el modelo TA0521, existen diversas opciones de este modelo:- TA0521-2 para autónomos colaboradores
- TA0521-4 para socios de cooperativas
- TA0521-5 para socios, familiares y administradores de sociedades mercantiles y limitadas
- TA0521-6 para socios de comunidades de bienes y sociedades civiles
- TA0521-7 para trabajadores agrarios por cuenta propia
- TA0521-8 para autónomos dependientes.

Documentación a presentar para el Alta en la Seguridad Social
Junto con el modelo ya relleno con todos los datos, deberás adjuntar la siguiente documentación:- Documento de identificación de solicitante, (Documento Nacional de Identidad, Tarjeta de Extranjero o Pasaporte, según corresponda)
- En caso de ser extranjero: original y copia del permiso de trabajo o certificación de la excepción al correspondiente permiso.
- Original y copia de cualquier documento o medio de prueba determinante de la procedencia del alta. Lo más común es la Declaración Censal de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.
- Si eres un trabajador autónomo socio de una sociedad inscrita, o no, en la Seguridad Social: original y copia del documento de constitución de la sociedad, debidamente inscrita en el Registro que en cada caso corresponda.
¿Cuáles son las cuotas de la seguridad social de autónomos?
En el modelo TA0521 tendrás que indicar la base económica sobre la que cotizaras. Podrás elegir entre la Base mínima, la Base máxima u otra base definida por ti. En función de la Base que elijas, así se calculará tu cuota de autónomos. Nuestro consejo es que, al darte de Alta en Autónomos en la Seguridad Social, escojas la Base Mínima y, conforme tu Negocio crezca, nos planteemos diferentes opciones para ver cual es la que mejor se ajusta a tus necesidades 😉
¿Qué es la tarifa plana de Autónomos y como puedo acceder a ella?
Pensando en la generación e impulso de autoempleo en España, el gobierno introdujo una medida denominada tarifa plana que establece una cuota mensual reducida a la Seguridad Social. La tarifa plana para autónomos consiste en el pago mensual de 60 euros a la Seguridad Social por los primeros 12 meses.
Entre los requisitos y condiciones para aplicar a la tarifa plana se encuentran los siguientes:
- Haber estado dos años de baja en el RETA, o bien, ya hace 3 años desde la última solicitud de la bonificación de la tarifa plana de
Autónomos. - No tener ninguna deuda pendiente con la Seguridad Social.
- No ser autónomo administrador de una Sociedad.
- No ser autónomo colaborador o con pluriactividad, ya que dicho colectivo ya tiene sus propias bonificaciones.
Te explicamos todas las medidas en el artículo sobre Las medidas de la Nueva Ley de Autónomos.
Como ves el proceso para hacerse autónomo puede llegar a parecerte un poco tedioso y aburrido dado el constante cambio normativo y legislativo, así que hemos incorporado todos estos trámites de forma gratuita al contratar cualquiera de nuestros Planes para Autónomos 😉 Así, al menos, podrás despreocuparte de otra cosa más!
Si tienes cualquier duda sobre este trámite, puedes preguntarnos más abajo. Gracias por seguirnos!
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