Hola,
En 2018 se compró una vivienda antigua que al final se destinó a fines turísticos.
En la renta de 2018 se dedujo el 3% del valor de la construcción ( ibi), pero en realidad tengo entendido que se debería de haber aplicado ese 3% al valor de adquisición que aparece en escrituras(menos el suelo) puesto que es mayor que el valor de la construcción (ibi) Estoy en lo cierto?
Podría este año hacerlo así, teniendo en cuenta ademas los gastos de compraventa, hipoteca, notaria, gestoría etc????
Espero puedan ayudarme. Gracias
Saludos
Del IBI, debe de calcular, que porcentaje supone el valor de construcción, sobre el valor total del inmueble.
Una vez conocido, este porcentaje, debe de calcular el valor de compra total, incluyendo todos los gastos. Al valor total de compra, le debe de aplicar el porcentaje calculado en el IBI, y a ese importe, un 3%.
Un saludo