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Error en el modelo 303 de autoliquidación de IVA

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(@isp00rt)
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Saludos,

Acabo de descrubrir vuestro servicio y me parece muy interesante. Lo probaré con una consulta. Mi empresa no facturó nada durante el año 2022 (de hecho se halla sin actividad) y en cambio realizó diversos pagos con IVA a lo largo de dicho ejercicio. Por ese motivo, durante los 4 trimestes de autoliquidación se presentaron los correspondientes modelos 303 ante la AEAT en los que iba rellenando la casilla 110 a compensar el siguiente trimestre.

Llegados al 4º trimestre, lo cumplimenté correspondientemente y, como era de esperar el resultado final fué de una cuota total a devolver de -160.24 €. El problema es que poco después de haberlo presentado descubrí que cometí un error en la cifra del IVA pagado durante el cuarto trimestre, que era ligeramente menor, con lo que el resultado final a devolver pasaría también a ser menor, concretamente a -108.11 €. Lo comuniqué a la AEAT y me emitieron una resolución en la que me exigían la presentación de una autoliquidación complementaria en la que se constatase dicho cambio.

Estoy intentando hacerlo a través del portal de la AEAT y me encuentro con un problema que no sé resolver. Cuando selecciono la modificación del 4º trimestre del modelo 303 y la casilla de autoliquidación complementaria, el valor de -160.24 me aparece de repente en la casilla 70 y se "resta" del nuevo valor obtenido tras la corrección realizada, con lo que el resultado final pasa a ser ¡a pagar! No puedo pagar ningún IVA en un año en el que no se ha facturado nada y sólo ha habido gastos. Por tanto, ¿serían tan amables de decirme cómo puedo seleccionar la casilla de autoliquidación complementaria sin que se añada de forma automática el valor de la presentada erroneamente?

Muchas gracias,


 
Respondido : 14/04/2023 10:40 am
(@ricardo)
Respuestas: 201
Estimable Member Admin
 

La declaración complementaria, sólo se hace en el caso, de que debe ingresar mas de lo que ingresó, en su caso, debe hacer un escrito de rectificación de autoliquidación y poner las cifras correctas.

De todas formas, tenga cuidado, porque si la sociedad no tiene actividad, le pueden considerar que no tiene derecho a deducirse ninguna cuota de iva soportado, y hacerle una complementaria, y además ponerle un sanción.

Un saludo

 


 
Respondido : 17/04/2023 6:47 pm
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