Buenos días.
A la hora de hacer las facturas de las devoluciones de clientes, normalmente procedemos a realizarlas de una de esta formas:
1. Hacemos una factura rectificativa y se indica la factura de origen
2. En el siguiente pedido se incluyen los artículos en negativo (abonos). En estos casos, ¿debemos tambiñen poner la factura que origina el abono?
En el segundo caso, a la hora de envíar la información con el nuevo SII hay que poner también la factura que modifica? ¿Es mejor hacerlo de la primera forma?
Muchísimas gracias de antemano
Un saludo
Debes de optar por solo uno de los dos métodos, sino estas duplicando, siempre que en el caso segundo la factura sea positiva.
un saludo
Gracias Ricardo!
Creo que no me he explicado bien, solo lo hacemos de una de las formas, solo que tenemos duda de si en el segundo caso no sabemos si debemos poner la factura que origina el abono.
La otra duda es cual de las dos formas es mejor. Gracias!
Hola
En el segundo caso no hay que indicar que factura rectifica, puesto que ya estas indicando que artículos se han devuelto.
No es mejor una opción que otra, la primera se utiliza para rectificar una factura completa, pero debes tener en cuenta las opciones de la Ley de IVA para poder hacer esto, que no son muchas.
un saludo
Muchas gracias Ricardo,
He buscado en la Ley de IVA los casos, pero no lo encuentro, podrías mandarme un link por favor? Me sería de gran ayuda. Un saludo,
Sonia