Buenos días,
Estamos realizando la planificación para la internacionalización de la empresa. Nuestro actual asesor no tiene mucha idea del tema y se nos plantean muchas dudas legales y fiscales. Le planteamos las más importantes para ver si nos pueden aclarar un poco el tema. Somos una empresas de servicios, con lo que vamos a exportar productos:
1. Cuándo se vende al extranjero, ¿las facturas llevan IVA?
2. ¿Hay que declarar algo en el país donde se vende el servicio o todo es con la AEAT?
Muchas gracias de antemano!
Buenos días Jorge,
Cuando se vende al extranjero las facturas no llevan IVA.
Vosotros desde España lo tenéis que declarar todo a la AEAT.
En caso de crear sede en el país extranjero donde vendáis o prestéis servicios sí tendríais que declarar allí.
Para cualquier otra duda el respecto, no dudes en ponerte en contacto con nosotros.
Saludos,
Fco.Javier Cañuelo
Gracias Francisco, cuando estemos más avanzados con el tema contactaremos con vosotros. Sds!
Hola a todos!
Enhorabuena por el foro, es el mejor que he encontrado, muy profesional. Tengo una Agencia de Comunicación y tenía una duda similar a la de Jorge pero con el IRPF. A veces nuestros clientes nos piden textos en varios idiomas para sus webs. Normalmente venimos contratando a freelancers españoles, pero en esta ocasión hemos contratado a uno procedente de Turquía. Hemos recibido su factura y no sabemos si debemos aplicarle una retención como al resto de profesionales de España. Podrían por favor aclararnos un poco el tema? Un saludo,
Mª del Mar
Hola
Al igual que en las facturas emitidas, en las recibidas tampoco hay que practicar retención.
Un saludo
Gracias por la aclaración. Enhorabuena por el foro!
Un saludo
Mª del Mar