Mi mujer y yo ( regimen de matrimonio gananciales ) tenemos una cuenta bancaria indistinta y a nombre de los dos . En esa cuenta , tanto ella como yo hemos ingresado dinero privativo procedente de herencias de sus padres y de los mios . Ademas hemos ingresado dinero privativo procedente de la venta de una plaza de garaje que estaba a mi nombre .Ahora mismo estamos construyendo una pequeña vivienda unifamiliar, la cual estamos pagando con dinero procedente de la citada cuenta y tenemos previsto poner dicha vivienda a nombre de los dos .
He tenido dudas y he consultado el tema de considerar DONACION el ingreso de dinero privativo procedente de las herencias y de la venta de plaza de garaje y su ingreso en la cuenta citada y me han orientado en el sentido de que NO es DONACION , ya que hay sentencias del T. supremo y del Tribunal Economico Administrativo y la consideracion de expertos fiscales en ese sentido .Pero y aqui viene mi duda ,Podría ser considerado DONACION , la utilizacion posterior del dinero de esa cuenta en la construccion de la vivienda ?
Gracias y saludos .
En cuanto a la utilización de ese dinero para construir una vivienda que estará a nombre de ambos, aquí es donde puede surgir la duda. Si bien el ingreso del dinero en la cuenta no es considerado donación, el uso de dinero privativo para un bien que beneficie a ambos (en este caso, una vivienda que estará a nombre de los dos) podría interpretarse como una donación
Asesores Cloud | 25 años ahorrando dinero y tiempo a nuestros clientes