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Valor de despacho afecto a actividad

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(@jhernanper)
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Buenos días,

En primer lugar gracias por darme la oportunidad de compartir mi caso. Soy autónomo y acabo de comprar una vivienda en la provincia de Alicante. La vivienda tiene una de las habitaciones separadas, con su acceso independiente, así que la he afectado a mi actividad como despacho. Ahora bien, quiero deducirme el valor de este despacho en mi declaración de IRPF como inversión en inmovilizado material afecto a mi actividad, para lo cual necesito calcular dicho valor. Y aquí es donde tengo el problema.

He pagado por la vivienda más de 500.000 €, una cantidad muy superior a su valor catastral, que ronda los 120.000 €; pero es que además en el recibo del IBI aparece que el valor de la construcción es de solo 30.000 €, mucho menor al del suelo, que es de 90.000 €. Me da la sensación de que quien me vendió la vivienda no actualizó los datos catastrales después de hacer una reforma integral de la misma, para así no pagar más IBI.

He aquí mis duda. ¿Cuál sería la forma correcta de calcular el valor del despacho? Representa el 11% de los metros de la vivienda. Pero, ¿debo aplicar el 11% sobre el valor catastral de la construcción? ¿Qué alternativa tendría para poder obtener una valoración superior? ¿Tendría que comunicarme con el catastro para ver si dicho valor de la construcción está actualizado? El problema es que, si se actualiza, pagaré mucho más IBI, pues éste es un % fijo sobre el valor catastral total. Entonces, quizá no me interese hacerlo. ¿Cómo veis este caso y qué me recomendáis hacer?

Muchas gracias por vuestro tiempo,

Un cordial saludo,

 

Javier


 
Respondido : 24/01/2020 2:24 pm
(@ricardo)
Respuestas: 201
Estimable Member Admin
 

Buenos dias, imagino que esta haciendo estos calculos a efectos de calcular la amortización a aplicar en la declaración de IRPF.

Primero debe de calcular, con los datos del IBI, que porcentaje supono el valor de construcción sobre el valor total del inmueble. Imaginemos que le sale un 60%.

De los 500.000€, ahora debe aplicar el 11%, para calcular el valor, del despacho, osea, 55.000€, y a los 55.000, le calculamos el valor de construcción, que sería el 60%, osea, 33.000€. Este dato es el que le vale para aplicar la amortización, que suponiendo un 3%, podria amortizar como gasto 990€.

 

Un saludo

 


 
Respondido : 19/02/2020 1:11 pm
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